Publicada la Convocatoria TIC 2021

23/04/2021 12:00:00

Programas de formación de ámbito estatal orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital

La rápida transformación digital de la economía y la sociedad ha convertido a las competencias digitales en herramientas básicas para poder aprovechar las oportunidades que ofrece desde el punto de vista económico, social y ambiental. La adquisición y el desarrollo de competencias digitales se erigen, así, como una de las prioridades clave del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se considera oportuno llevar a cabo acciones que refuercen la recualificación y la promoción profesional de los trabajadores en todos los sectores productivos a fin de fortalecer sus capacidades para afrontar la difícil situación que se plantea.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria:

1) Las entidades de formación, públicas o privadas, debidamente inscritas en el Registro correspondiente con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas y que no tengan circunscrito en sus estatutos o instrumento de constitución, su ámbito de actuación a una sola comunidad autónoma.

Podrán actuar también como entidades de formación, siempre que se inscriban en el correspondiente registro, y dispongan de las instalaciones que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas las siguientes:

  • Centros integrados públicos de formación profesional.
  • Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo y Centros de Referencia Nacional.
  • Centros públicos de formación de adultos.
  • Universidades públicas.
  • Federaciones y Asociaciones de Entidades locales.
  • Entidades tecnológicas de derecho público.

    De igual modo, las empresas podrán solicitar subvención para la impartición de formación, cuando estén inscritas para ello y dispongan de las instalaciones inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas.

    2) Las agrupaciones previstas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación debidamente inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.

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